Sistema de Solicitud de Usuarios para Empresas de Entrega Rápida o Courier

Plataforma para el registro y gestión de usuarios ante la Autoridad Nacional de Aduanas

Sección de Tecnología

Consulte aquí cómo obtener el documento que se debe presentar a Aduanas para cumplir el punto 21 y reunir las condiciones necesarias para completar su solicitud como empresa Courier.

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Constancia de Cumplimiento con Tecnología según Resolución 049

Se requiere una constancia emitida por la Dirección de Innovación y Transformación Tecnológica (DITT) de la Autoridad Nacional de Aduanas, en la cual se certifique que la empresa ha cumplido con la implementación de la conexión VPN y del Formato XML, dando así cumplimiento al requisito 21 de la citada resolución.

Las empresas interesadas deben completar el formulario web en el siguiente enlace para que nuestro personal de tecnología pueda revisarlo y dar seguimiento.


Procedimiento posterior

Luego de este paso, se continuará con los siguientes temas en la comunicación con el personal de Aduanas:

El área de Infraestructura y Seguridad Informática de Aduanas será la encargada de establecer la conexión VPN y establecer el acceso a través de SFTP, garantizando una comunicación segura y encriptada entre las empresas y los sistemas tecnológicos internos de la Autoridad Nacional de Aduanas, una vez sea enviado por la empresa Courier el formulario completado de la solicitud de la VPN.


Pasos a seguir

Una vez llenado y enviado el formulario, la información será remitida automáticamente al correo tramites_infra@ana.gob.pa, donde será gestionada por el Departamento de Infraestructura de la Autoridad Nacional de Aduanas.

  1. Recepción y verificación de la solicitud
    • El área de Infraestructura recibe, verifica y registra la solicitud remitida por la Empresa de Entrega Rápida o Courier mediante los canales oficiales establecidos (tramites_infra@ana.gob.pa). Este proceso valida la autenticidad de la solicitud y la correcta identificación de la empresa interesada.
    • Una vez verificada la información, se emite una Constancia de Inicio, mediante la cual se formaliza el proceso y se establece la realización de pruebas de comunicación cifrada entre ambas partes.
  2. Configuración de Conexión VPN / SFTP
    • El área de Infraestructura y Seguridad Informática configura la conexión VPN y establece el acceso mediante SFTP. Este proceso garantiza una comunicación segura y encriptada entre la empresa y los sistemas tecnológicos internos de la A.N.A.
    • Posteriormente, se realizan pruebas de transmisión de datos para validar la correcta comunicación entre ambas partes.
  3. Validación de la Conexión VPN
    Una vez culminadas las pruebas:
    • Si la validación es aprobada, se emite una Constancia de Cumplimiento y el proceso continúa.
    • Si la validación es rechazada, la solicitud será enviada a subsanación por un período de 5 días hábiles desde que se envio la solicitud de la VPN. De no corregirse en ese plazo, se emitirá por correo una Constancia de No Cumplimiento.

Para continuar con la aprobación legal como empresa courier, la empresa debe ingresar a la página de trámites: https://tramites.ana.gob.pa/Portal_Registro/ y completar el Formulario de solicitud de aprobación para Empresas Courier utilizando el botón “Solicitar Resolución”.

  • Adjuntar los documentos correspondientes a los 21 requisitos establecidos.
  • El requisito número 21 se cumple únicamente adjuntando la Constancia de Cumplimiento emitida por el área de Tecnología, una vez finalizada y aprobada la verificación técnica indicada en esta página.

Documento de referencia:
Puede consultar la guía oficial para el manejo de los mensajes XML en el siguiente enlace: